15 junio 2005

Sistema penal espa�ol (y II)

Vamos a la conclusi�n del post de ayer. Teniamos al culpable del delito juzgado y condenado. Lo normal es multa y/o privaci�n de libertad pero �cu�l es el fin de una condena?. Te�ricamente el fin de una condena es la reinserci�n del delincuente en la sociedad y, dicho vulgarmente, que no lo haga m�s. Para existen las multas de tr�fico y las condenas de c�rcel (entre otros m�todos).

Sin embargo la c�rcel es un m�todo cuanto menos dudoso de reinserci�n. El primer problemas es que para que haya reinserci�n es necesaria la colaboraci�n del delincuente. Corregir una actitud funciona igual si eres un delincuente o un obeso que quiere hacer r�gimen, o pones de tu parte o no hay nada que hacer. Para que haya cocinar de cambio debemos haber al menos dos ingredientes:
  • Primero la idea del da�o que causamos, a los dem�s y a nosotros mismos.
  • Segundo una meta a alcanzar que sea mejor que lo que ya poseemos.
Adem�s un sistema real de reinserci�n no deber�a contemplar penas fijas, medidas en a�os, si no una especie de "a la c�rcel hasta que te rehabilites". Parecer� cruel o imposible pero es el m�todo que se aplica en los pisquiatricos y en un sentido estricto un delincuente es una persona con un desequilibrio mental que no valora en conciencia el da�o que hace.

Hay otro concepto de condena, es el concepto al que apelan las v�ctimas y los que de ellas se quieren aprovechar. El concepto mas antiguo de ley y justicia, la condena como castigo. Este es el tipo de condena que provocan las multas de tr�fico, por ejemplo. Son las condenas que se reclaman en los cr�menes que salen al p�blico, "que pague" es una expresi�n que se usa mucho en esos casos. Sin embargo la privaci�n de libertad como simple castigo es un m�todo tambien cruel. Privar a una persona de a�os completos de su vida simplemente como castigo por unos delitos es terrible en muchos aspectos. Adem�s ese castigo le sale realmente caro al estado, puestos a castigar es m�s rentable y expeditivo aplicar antiguos c�digos, latigazos, amputaciones e incluso la muerte.

El sistema espa�ol queda a mitad de camino, el pueblo exige un castigo donde la ley entiende una reinserci�n. Y el estado no busca una reinserci�n porque porque politicamente basta con aplicar el castigo. No es que no hay oportunidades de aprender un oficio o de obtener un t�tulo universitario, es que no se persigue que el preso se reintegre. El fin real de una pena de prisi�n es alejar al delincuente de la sociedad hasta que esta le olvide. En el caso del terrorista de Juana Chaos la sociedad no le ha olvidado y por eso hay el revuelo que hay. Otros terroristas estan en la calle con reducci�n de pena o en libertad condicional y no ha habido este revuelo.

Creo, sinceramente, que es necesario un cambio, acercarnos a uno de los puntos planteados, reinserci�n o castigo. Personalmente prefiero la reinserci�n.

El procrastinador por partes. D�a 27.

4 comentarios:

Meg dijo...

Me parece estar viendo a mi profesor de Derecho Penal (Jaime Peris) d�ndome las clases de 2� de carrera sobre la finalidad de la pena...
Has dado en el clavo, Josu�, es lo m�s dif�cil de definir en cualquier sistema penal.
Adem�s, al desbarajuste de proceso y c�digo penal hay que unirle el Derecho Penitenciario, que parece que proviene de otra galaxia.
Por �ltimo no olvidemos que los jueces son personas y se equivocan. (Y hay muuuuuuchos ejemplos). Creo que el juez que deja en libertad a Juana de Chaos (juez de vigilancia penitenciaria) se equivoca, pero es normal, aqu� se unen condenas de 3.000 a�os de un c�digo penal de los a�os 70 con las exenciones de pena por buen comportamiento y trabajo en la c�rcel del mismo c�digo penal.

Anónimo dijo...

Creo que se puede llegar a un consenso entre castigo y reinsecci�n.A parte del castigo por actos que han podido causar grandes males, una ayuda para su reinsercci�n en la sociedad.
Pero lo principal es que cumplan las condenas que se les imponen, de que vale una condena de 200 a�os a un tio que ha violado y matado a varias mujeres si a los 5 a�os est� en la calle, incluso con las malas referencias que dan los funcionarios de la prisi�n sobre el mal comportamiento del reo, y sale y vuelve a delinquir.
Por eso que cumplan las penas impuestas que para eso est�n.
Contigo se aprende muncho .

Anónimo dijo...

Hay un problema en el cumplimiento �ntegro de las penas. A ver... seg�n la Declaraci�n Internacional de Derechos Humanos de la O.N.U., cualquier pena superior a 20 a�os es contraria a los derechos inmanentes a toda persona. Vale, en Espa�a el m�ximo se fija en 30 a�os (no nos escandalicemos, que en Estados Unidos se mantiene la pena de muerte), que pueden llegar hasta los 35 en aquellos casos de extrema gravedad. Se produce una condena y se lleva la acumulaci�n de penas, de ah� el hecho de ser condenados a 200 a�os o m�s... El problema radica que la reducci�n de penas o el comienzo del grado intermedio o el de r�gimen semiabierto s�lo computan como reales los 30 primeros a�os y no los restantes; lo cual demuestra la imposibilidad de cumplir esos dos siglos de prisi�n. El problema sigue estando en el car�cter punitivo del sistema penal, pero no s�lo espa�ol, sino a nivel internacional... porque si la funci�n de la pena es la reinserci�n, no creo que haya muchos que se haya reinsertado a la sociedad despu�s de pasar por la c�mara de gas. Otra cosa, las penas tipo multa suelen funcionar como medio intimidatorio (no conduzcas a m�s de tantos kil�metros por hora, que si te pillan son taitantos euros)... existe un sistema basado en la igualad en el sacrificio, el de los d�as-multa. Es decir, el salario del sujeto se divide en 30 d�as y se imponen tantos d�as de sueldo como correspondan; as� se supone que es el mismo da�o (proporcional) para el que cobra 600 euros/mes como el que tiene una n�mina de 6000/mes.

Uf, perdonad, el estudiante frustrado de Derecho que llevo dentro. Ahora vendr� Meg y me rebatir�, ya que ella est� ejerciendo y ver� si lo que nos ense�aron en la carrera se corresponde con la realidad.

Meg dijo...

Pues s�, Skyzos, te voy a rebatir en una s�la cosa... no hay que confundir el tocino con la velocidad.

Las multas que te pone Tr�fico por conducir a X kil�metros m�s de los permitidos no son penas penales, sino sanciones administrativas, distintas de la pena de d�as-multa, que has explicado tan bien.

Una cosa es infringir las normas de tr�fico (por lo que te llevas una sanci�n administrativa pecuniaria, o sea, una multa) y otra distinta es que un hecho delictivo est� penado con la pena de multa.